Consejo Directivo

concejo directivo

Todos los establecimientos educativos deberán constituir el gobierno para propiciar la participación democrática de los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispone el artículo 142 de la ley 115 de 1994.

El gobierno escolar de la institución se rige por las normas establecidas en la ley general de Educación y contempladas en el Manual de Convivencia.

El Consejo Directivo esta conformado por: 

 
Rectora (E)  Beatriz Elena Isaza Marin
Representantes de los padres de familia  Gladys Vallejo Vega
 Jose Marino Franco Salazar
Representante de los Estudiantes
Representante de los Docentes  Jorge Hernán Londoño López
 Blanca Norbelly Olaya Herrera
Representante del Sector Productivo  Martha Cecilia Lemus Cano
Representante de Exalumnas  Luisa Fernanda Ríos Serna

Las funciones del consejo directivo según la ley son las siguientes:

  1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados.
  2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimientos educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia;
  3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución;
  4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos;
  5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado;
  6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector;
  7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;
  8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;
  9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante;
  10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución;
  11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;
  12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;
  13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;
  14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes;
  15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto;
  16. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los convenientes pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares, y
  17. Darse su propio reglamento.

Tu colegio esta de tu lado. Santa Teresita 2020

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